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Noticias

Sobreseída y archivada la denuncia interpuesta por Abogados Cristianos contra el presidente de la Diputación de Cáceres

 
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El juzgado destaca que ni en las pruebas documentales ni en los testimonios de los alcaldes citados se aprecia vinculación alguna entre la concesión de subvenciones y la retirada de las cruces de los pueblos.

27/06/2022, Cáceres.- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cáceres ha procedido al sobreseimiento y al archivo de la querella interpuesta por la Asociación de Abogados Cristianos contra el presidente de la Diputación de Cáceres, Carlos Carlos.

Según el auto, y tras las pruebas practicadas, tanto documentales como testificales, se acuerda el sobreseimiento y archivo de las diligencias previas, considerando que no se ha encontrado existencia de presiones presuntamente ejercidas por el presidente de la Diputación a diversos ayuntamientos para que retirasen las cruces de sus respectivos municipios, vinculándolo a la recepción o no de subvenciones de la institución provincial.

Tal como indica el juzgado, de la documentación remitida por la Diputación de Cáceres no se aprecia “la existencia de actuación alguna por parte del investigado tendente a vincular la conexión de subvenciones a la retirada de las cruces”. Además, añade que se aportan “diversos oficios dirigidos por el Comité de Expertos a los municipios de la provincia, en los que se respeta la competencia que la respectiva corporación local tiene para elaborar el catálogo de vestigios franquistas y para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1/2019 de Memoria Histórica, incidiendo en el carácter meramente consultivo y de asesoramiento que tiene el Comité. Aún menos consta que se hubiese impuesto sanción alguna, en su modalidad de privación de subvenciones, a los ayuntamientos”.

Por otra parte, de las declaraciones testificales de los alcaldes de Cáceres, Gargüera de la Vera, Brozas, Talaveruela de la Vera y Barrado, que fueron llamados a declarar, el auto indica que “no se aprecia tampoco indicios de comisión de los hechos objeto de querella, debido a que todos declaran que no han recibido presiones del querellado, ni de ninguna otra persona, ni verbalmente ni por carta; añadiendo que siguen cobrando las mismas subvenciones que cobraban antes, lo que resulta corroborado por la documental aportada, e, incluso, en algunos casos no han quitado los símbolos y aún así siguen cobrando las subvenciones”.

“Por lo expuesto -concluye- no aparece vinculada la concesión de subvenciones a la retirada de símbolos, ni tampoco la existencia de ningún tipo de discriminación”.

Frente a esta resolución cabe recurso de reforma y de apelación.

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